lunes, 23 de agosto de 2010

PRONUNCIAMIENTOS DE MONS. AGUER 1

El aborto: ¿de delito a derecho?
por Monseñor Héctor Aguer
14 de Agosto de 2010

“El mes pasado se produjo un episodio muy confuso: la publicación de una guía técnica del Ministerio de Salud de la Nación para la atención integral de los abortos no punibles”.

“Digo que fue un episodio confuso porque el mencionado instrumento apareció como una resolución del Ministerio de Salud, pero luego el Sr. Ministro aclaró que de ninguna manera él había autorizado esa publicación y que no era su intención, por lo tanto, promover la implementación del aborto, que se proponía en esa funesta guía”.

“Lo curioso es que el texto ha sido preparado por técnicos expertos del Ministerio de Salud. Creo que durante la gestión anterior. Este documento se permite interpretar el Código Penal de la Nación, porque pretende extender las dos excusas absolutorias que se encuentran en el artículo 86”.

“Ese artículo del Código Penal considera al aborto un delito, pero afirma que ese delito no se castiga cuando el embarazo, y el consiguiente aborto, ha ocurrido a causa de la violación de una mujer deficiente mental, o cuando ha habido peligro para la vida de la mujer embarazada”.

“Ahora esta Guía extiende esas dos excusas absolutorias proponiendo el aborto como un derecho. Dice claramente que este es un derecho humano de la mujer. Tal es así que el título mismo de esta Guía la presenta como: “Cumplimiento efectivo de los Derechos Sexuales y Reproductivos”.

“Hace tiempo que se quiere inducir en la sociedad argentina esta mentalidad abortista presentando la eliminación de un ser humano en gestación como un derecho de la mujer”.

“Es notable que en esta Guía, donde se describen pormenorizadamente los crueles métodos que se pueden emplear para asesinar hasta niños de 12 y más semanas de gestación, no se menciona nunca al niño por nacer, como si fuera un mero objeto biológico, un bicho pre-humano o una cosa rara que le salió a la mujer adentro, para decirlo groseramente”.

“Además se está queriendo promover esta mentalidad entre los jóvenes porque precisamente esta Guía apunta a la posibilidad de que una chica menor de edad pueda presentarse para hacer un aborto sin que sus padres se enteren”.

“Ahora bien: este desliz ocurrido en el Ministerio de Salud no es casualidad. Felizmente, el Sr. Ministro salió a aclarar que no era su intención promover esto. Pero, el documento, con todo, ha sido publicado. Por otra parte la iniciativa responde a un plan que se viene desarrollando progresivamente. Hay un Decreto, que lleva el Nº 1086 del año 2005, que aprueba el Plan Nacional contra la Discriminación, allí el aborto es incluido entre esos hechos que no deben ser objeto de discriminación. Se estaría discriminando a la mujer si uno “la obliga” a tener su hijo. En esa decisión presidencial de 2005 se manifiesta un plan que no es un invento argentino, sino la versión servil de un proyecto global de imposición de nuevos paradigmas, que se propone afianzar en el mundo la dictadura del relativismo. Esto es que todo vale igual, que no hay distinción del bien y del mal por referencia a la naturaleza humana. Y en nombre de una especie de religión secular de los derechos humanos se niega el derecho fundamental a la vida, sin el cual todos los otros derechos se derrumban. Lo que hasta ahora constituía un delito pasa a ser un derecho”.

“Insisto: se trata de un niño, porque según la interpretación que nuestro país ha hecho de la declaración sobre los derechos del niño, se considera tal al ser humano desde el momento de la concepción. A pesar de lo cual, una diputada se ha descolgado recientemente con un increíble despropósito; según ella sólo se es niño desde el nacimiento. Esta afirmación contradice las certezas incontrastables de la biología. El niño posee una identidad propia, personal, desde la concepción”.

“Hay que estar alertas ante estos intentos, porque además, en el Congreso de la Nación, como es sabido, se renuevan periódicamente varios proyectos que están en la misma línea, para introducir el aborto, que terminará siendo generalizado, a partir de esta extensión de las excusas absolutorias del Código Penal”.

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